Gro Harlem Bruntland: La líder impulsora del desarrollo sustentable en el mundo

Dentro de la normativa ambiental contemporánea generada en el marco de la Organización de las Naciones Unidas, sobresale por su importancia el informe del año 1987 titulado ‘Nuestro futuro común’.
En este se abordó por vez primera el concepto “desarrollo sostenible”; también sirvió como base para el diseño de la “Agenda 2030” y los “ODS”, que constituyen los lineamientos más importantes en que se apoyan las acciones y políticas ambientales en la actualidad.
Los esfuerzos para coordinar la redacción del informe fueron liderados por la entonces primera ministra de Noruega, la destacada política y ambientalista Gro Harlem Bruntland. El que se usualmente se denomine al documento como “Informe Bruntland”, es un reconocimiento a su relevante labor.
Fue el primer instrumento generado por la Comisión Mundial Sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de la ONU, y aunque no posee el rango de Tratado Internacional, las problemáticas que se abordan, y los análisis en éste realizados lo hacen un texto de consulta obligada para los ámbitos académico y jurídico en la actualidad.
Los conceptos principales.
No obstante que fue creado en 1987, los retos que plantea permanecen; entre ellos, la necesidad de favorecer un desarrollo sustentable; la sustitución de combustibles fósiles; el impostergable cambio de las costumbres de consumo de la población mundial; la garantía de la seguridad alimentaria; la protección de la atmósfera, entre otros.
En su Anexo 1, contiene veintidós principios jurídicos destinados a cuidar el medio ambiente y a favorecer el desarrollo sustentable. De estos se desprende un modelo de derechos y deberes, del que se concluye que no solamente los gobiernos, sino también los ciudadanos, tienen a su cargo obligaciones en la materia. Postura que ha sido retomada por la doctrina y por tribunales constitucionales en la construcción del concepto del derecho a un medio ambiente sano.
De los principios propuestos sobresale el previsto en el numeral I.2, que contempla la “Igualdad entre generaciones”; a partir del que: “Los Estados deberán conservar y utilizar el medio ambiente y los recursos naturales para beneficio de la presente y futuras generaciones.”; la elaboración de “Evaluaciones previas del medio ambiente”, contenido en el numeral I.5, donde se establece que:
“Los Estados realizarán o requerirán evaluaciones previas de las actividades que se propongan que puedan afectar considerablemente el medio ambiente o la utilización de los recursos naturales”, y desde luego, el reconocimiento del derecho al medio ambiente como un derecho fundamental, que se contempla en el numeral I.1 en los siguientes términos: “Todos los seres humanos tienen el derecho fundamental a un medio ambiente adecuado para su salud y bienestar.”
El llamamiento a la acción.
Conformado por 416 fojas, incluye un “Llamamiento a la acción”, donde se lee: “… para mantener abiertas las posibilidades para las futuras generaciones, la presente generación tiene que comenzar ahora y comenzar conjuntamente a nivel nacional e internacional”.
En el preámbulo, Harlem Bruntland destaca: “La Comisión se dirige a los gobiernos, directamente y a través de sus diferentes organismos y ministerios”; “La Comisión se dirige también a las empresas privadas, desde los negocios que cuentan con un solo hombre hasta las grandes empresas transnacionales…”
Y resalta: “Si no conseguimos que nuestro mensaje llegue a los padres y a las personas que toman decisiones en la actualidad, corremos entonces el riesgo de socavar el derecho esencial que tienen nuestros hijos a un medio ambiente sano que realce la vida. A menos que seamos capaces de traducir nuestras palabras en un lenguaje que pueda alcanzar la mente y los corazones de los jóvenes y de los menos jóvenes, no podremos llevar los amplios cambios sociales que son necesarios para rectificar el rumbo del desarrollo”.
Todo lo anterior, enmarcado en el contexto del “desarrollo sostenible” o “duradero”, definido en el informe como aquel que permite “asegurar que satisfaga las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones para satisfacer las propias”, el cual se complementa con otros planteamientos insertos en su texto, tales como el fin de la pobreza; el crecimiento económico y consumo sustentables; el uso ecológico de la energía; la racionalidad en la explotación de los recursos; el financiamiento sustentable; la seguridad alimentaria, entre otros, que, como podemos advertir, son coincidentes en gran medida con los actuales “Objetivos del Desarrollo Sostenible”.
En el mes de marzo de 1987, concluyó el esfuerzo de la comisión redactora del informe, cuyos trabajos tomaron casi tres años, habiendo participado en éste personas de múltiples nacionalidades y visiones distintas, y donde, como sostuvo su coordinadora, fue posible “aunar fuerzas, identificar objetivos comunes y ponerse de acuerdo sobre acciones comunes”, las que, sin duda, constituyen una de las guías más importantes para el derecho ambiental contemporáneo.
Debe resaltarse el esfuerzo y liderazgo de Gro Harlem Bruntland en el logro de tan importante cometido. “Gro”, en escandinavo antiguo, significa “surgir” o “crecer”; representación de los llamados contenidos en el destacado instrumento internacional que nos convoca, el cual no puede explicarse sin el trabajo de su coordinadora, cuyas ideas continúan invitándonos a tomar acción en beneficio de las generaciones presentes y futuras, como lo hicieron desde 1987.
Fuente: Organización de las Naciones Unidas (1987) Informe de la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, “Nuestro futuro común”, recuperado de: https://www.ecominga.uqam.ca/PDF/BIBLIOGRAPHIE/GUIDE_LECTURE_1/CMMAD-Informe-Comision-Brundtland-sobre-Medio-Ambiente-Desarrollo.pdf

