Si te vas a casar por las tres leyes, ¡ahí te va la bendición!
Una pregunta fundamental que debemos hacernos es ¿estamos dispuestos a vivir bajo un régimen de comunidad de bienes? En Bolivia, por ejemplo, es una consecuencia obligatoria del matrimonio. En otros países como son Argentina, Colombia, Chile, Ecuador o México, los contrayentes pueden optar por un régimen de división de bienes, pero deben hacerlo expresamente. Mientras que en Uruguay, el régimen de división se puede pactar, pero luego de celebrado el matrimonio y no antes.
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