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LAS NORMAS DE INFORMACIÓN DE SOSTENIBILIDAD

LAS NUEVAS OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS EN MATERIA AMBIENTAL

Las regulaciones vinculadas con el medioambiente adquieren cada vez mayor importancia en el ámbito internacional y, es previsible que la tendencia continuará en el futuro inmediato

En mayo de dos mil veintitrés, el CINIF (Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera y de Sostenibilidad A.C.) publicó las Normas de Información de Sostenibilidad (NIS). Disposiciones que se insertan en el marco del “desarrollo sostenible”

Se acepta generalmente que el “desarrollo sostenible”, fue reconocido por primera vez en el “Informe Brundtland”, elaborado por la Comisión Mundial del Medio Ambiente y el Desarrollo de la Secretaría General de la ONU, en el año de mil novecientos ochenta y siete, cuyo texto establece: “Lo que se necesita ahora es una nueva era de crecimiento económico, un crecimiento que sea poderoso a la par que sostenible social y medioambientalmente”.

Dicho concepto ha sentado las bases para múltiples instrumentos, como los “Objetivos del Desarrollo Sostenible” (ODS), creados en dos mil quince por la Asamblea General de la ONU y que son: fin de la pobreza; hambre cero; salud y bienestar; educación de calidad; igualdad de género, agua limpia y saneamiento; energía asequible y no contaminante; trabajo decente y crecimiento económico; industria innovación e infraestructura; reducción de las desigualdades; ciudades y comunidades sostenibles; producción y consumo responsables; acción por el clima; vida submarina; vida de ecosiste mas terrestres; paz, justicia e instituciones sólidas y alianzas para lograr los objetivos.

EL DESARROLLO SOSTENIBLE PRETENDE CONCILIAR TRES GRANDES RUBROS: EL ECONÓMICO, LA PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE Y EL BIENESTAR SOCIAL.

La primera de ellas establece un Marco Conceptual, la segunda, los Indicadores Básicos de Sostenibilidad (IBSO) que, de manera similar a los ODS, integran tres categorías: ambiental; social y de gobernanza.

Respecto de la finalidad de las normas, el CINIF, “considera que más allá de ser información útil para los interesados en una entidad, la revelación de información de sostenibilidad promueve las acciones en favor de un entorno global sostenible”.[1]

Así, la norma NIS B-1, en su primer apartado (correspondiente a cuestiones ambientales) incluye indicadores relacionados con: emisiones de gases de efecto invernadero; consumo de energía; actividades sostenibles; uso sostenible del agua; biodiversidad; sustancias y productos químicos que agotan la capa de ozono y gestión de recursos.

[1] Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera y de Sostenibilidad. Instituto Mexicano de Contadores Públicos. Normas de información de sostenibilidad. NIS, 2024, “Razones para emitir la NIS A-1”, numeral IN16, pág. 19, 2024, México.

De este deriva el concepto de: “ESG”, acrónimo de las palabras “environmental”, “social” y “governance”, conocido también por sus siglas en español “ASG”, este último, de gran uso en la actualidad.

La literatura sobre el Desarrollo Sostenible, “ESG” o “ASG”, es por demás amplia, lo que suele producir criterios divergentes. Sin embargo, existen disposiciones que buscan favorecer la uniformidad. Ejemplo de ello son: la ISO 14001, “Sistemas de gestión ambiental”, emitida por la Organización Internacional de Normalización y, las Normas Internacionales de Sostenibilidad, de la International Sustainability Standard Board (ISSB) (Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad).

Publicadas en el año dos mil veintiuno y denominadas: “IFRS1” e “IFRS2”, han servido de base para el desarrollo de normas similares en diversos países. México no es la excepción, muestra de ello son las NIS (Normas de Información de Sostenibilidad) “NIS A-1” y “NIS B-1”.

 Son cualitativos, a manera de ejemplo, el indicador de gestión de igualdad de oportunidades y trabajo digno; en cuanto al gobierno corporativo, el referente al consejo de administración; órgano de vigilancia independiente y política de administración de riesgos y los correspondientes a estrategias de sostenibilidad y conducta empresarial responsable.

Por ello, es importante destacar que la aplicación de las NIS no solo requiere de labores de cuantificación, sino, de conocimiento de la normatividad ambiental; identificación de riesgos; diseño de estrategias y mejora continua. Lo que significa que será indispensable la capacitación de las entidades en esos temas, en planeación estratégica, y evidentemente, habrán de buscarse especialistas en diferentes materias medioambientales, lo que dependerá de cada giro en particular.  

El relativo al área social, o de capital humano, prevé indicadores de: igualdad de oportunidades y trabajo digno; inversión en capital humano; salud y seguridad en el trabajo. Finalmente, el que atañe a gobernanza, contempla: el gobierno corporativo; gestión empresarial sostenible y conducta empresarial responsable. La NIS B-1, establece procedimientos de cálculo para cada indicador, los cuales pueden ser de naturaleza cualitativa o cuantitativa.

 

[1]Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera y de Sostenibilidad. Instituto Mexicano de Contadores Públicos. Normas de información de sostenibilidad. NIS, 2024, “Razones para emitir la NIS A-1”, numeral IN16, pág. 19, 2024, .

[2]Idem. Serie NIS B, “Normas sobre métricas de desempeño sostenible”, numeral 41.1, pág. 72.

[3]Idem. Numeral 42.1, pág. 73. 

La NIS entraron en vigor el primero de enero de dos mil veinticinco, según lo estipula el apartado de “Vigencia” de las NIS A-1 y NIS B-1, y deben aplicarse “por todo tipo de entidades que emitan estados financieros en los términos establecidos en el MC de las NIF”[2] además, “una entidad debe revelar en las notas a sus estados financieros los IBSO determinados al cierre del periodo de informe.”[3] 

Estamos ante la consolidación de un nuevo modelo de cumplimiento que, si bien, por ahora, se apoya en las normas del CINIF, muy seguramente pasará a formar parte de otras disposiciones, como el Código Fiscal o la Ley General de Sociedades Mercantiles; a las facultades de las autoridades y la incorporación de nuevos criterios de fiscalización. Lo anterior, sin dejar de lado la aplicación de sanciones en materia administrativa y penal, pues incluso, hay quienes sostienen que actualmente, con la entrada en vigor de las NIS, esto último ya es posible.

La tendencia internacional es clara, cada vez un número mayor de organismos, gobiernos y consumidores, reconocen y favorecen a las entidades que consideran en su esencia prácticas de protección al medio ambiente. Impulsar la sostenibilidad nos corresponde a todos, no es una moda, sino, una verdadera evolución de la forma en que nuestras sociedades exigen su relación con las empresas, en cómo nos vinculamos con las generaciones futuras.

Por último, aun cuando se destaca como una tendencia, lo cierto es que la obligatoriedad de las NIS deriva del hecho de que habrán de formar parte de las notas a los estados financieros de las empresas, que, de conformidad con el artículo 33, inciso B, fracción VI, del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, integran la contabilidad.

Así, el desarrollo sostenible, con la triple dimensión ya mencionada, permite abordar temas de la mayor importancia, como el favorecimiento de relaciones sociales más justas y, al respecto, actualmente en nuestro país se está en la búsqueda de consensos para lograr la reducción de la jornada laboral a 40 horas semanales, cuestión relevante y controvertida que será materia de otro artículo.

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