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¡No te quedes en la calle!

Muchos de nosotros podemos afirmar y hasta presumir que fuimos educados bajo los postulados “de la vieja escuela”, con la seriedad y el rigor de la palabra – basta con mi palabra- la conocida frase que sellaba un compromiso, en donde no era necesario ni siquiera firmar documento para obligarse al cumplimiento puntual de lo acordado, lo mismo para comprar un terreno, vender la cosecha, fijar el precio, respetar la oferta, y, por supuesto, que litros, kilos, metros, estuvieran en cantidades completas, o de lo contrario debían atenerse a las consecuencias por incumplimiento. Así se celebraban los tratos, con el rigor de la costumbre que ha sido reconocida como una de las Fuentes formales del Derecho Mexicano – la ley, la costumbre, la jurisprudencia. * {La costumbre es un uso implantado en una colectividad y considerado por ésta como jurídicamente obligatorio. Du Pasquier, citado por: Eduardo García Máynez– Introducción al estudio del derecho, pag. 61.} Sin embargo, esos tiempos ya se fueron, pasaron y hoy la realidad es muy diferente, tal vez producto de la modernidad, la tecnología y la interacción con personas de distintos países, con nuevas formas de negocios, que han derribado los añejos acuerdos simples entre las partes “pacta sunt servanda”. (artículo 78 del Código de Comercio: En las convenciones Mercantiles cada uno se obliga en la manera y términos que aparezca que quiso obligarse, sin que la validez del acto comercial dependa de la observancia de formalidades o requisitos determinados).

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