Entrevistas

Carlos Sotelo

Carlos Sotelo, es Contador Público, Licenciado en Derecho, con especialidad en Amparo y Procesal Constitucional por la Universidad Iberoamericana Campus Puebla. Es abogado litigante, especialista en materia de Seguridad Social, con más de 20 años de experiencia.

Háblenos acerca de la actividad de la construcción y su relación con el seguro social.

La actividad de la construcción es una de las más importantes del país por la generación de empleos directos e indirectos, es por ello, que LA FIRMA CARLOS SOTELO, contribuye asesorando, de manera adecuada y correcta, a todas aquellas personas físicas o morales que se dedican a la actividad de la construcción de manera permanente o esporádica, para que no paguen en demasía las cuotas los obreros patronales al IMSS y que no sufran un menoscabo en su patrimonio personal o corporativo.

¿Cuál es la postura que tiene la firma Carlos Sotelo, en cuanto a las obligaciones en materia de seguridad social?

La política que tenemos en la FIRMA CARLOS SOTELO, es que nuestros clientes constructores cumplan con la ley del seguro social y su reglamento; en la medida que cumplan con las obligaciones de manera correcta y oportuna, en ese tenor, el seguro social, se verá impedido para determinar diferencias de manera estimativa por metros cuadrados para la obra privada o por factores para obra pública.

¿En qué consisten las diferencias de cuotas obrero patronales de manera estimativa por metros cuadrados o por factores?

Suceden cuando el seguro social, no puede identificar a los trabajadores que laboraron en una obra de construcción, y para calcularlos utiliza sus estimaciones con costos por metros cuadrados para obra privada y factores para obra pública, determinando la mano de obra de manera “estimativa” y de ahí, se aplica los porcentajes a las cuotas obrero patronales.

“Planeación, estrategia y defensa a la actividad de la construcción”.

¿Qué pasa cuando, el seguro social, no les cree a los constructores que hayan utilizado únicamente cierto número de trabajadores en la construcción, ni que se les haya pagado el salario manifestado a los trabajadores?

El seguro social tiene dentro de sus facultades de comprobación, la posibilidad de demostrar que el constructor no entregó la información correcta sobre su obra, que no fueron ese número de trabajadores y que no percibieron los salarios manifestados, sin embargo, si la autoridad no logra demostrarlo (como no lo ha hecho en diversos procedimientos de clientes de la Firma), se entiende que con esos trabajadores se construyó la obra y que fueron esos salarios los que se pagaron a los trabajadores.

¿Son legales esas determinaciones estimativas del Seguro Social?

Son totalmente ilegales a nivel nacional por muchos motivos, pero uno de los más importantes, es que la autoridad no puede determinar diferencias de manera estimativa si conoce el nombre de los trabajadores, sus salarios devengados, sus días trabajados, ya que tiene los elementos para conocer la cuantía de las obligaciones, por ende, una base para calcularlas.

¿La firma Carlos Sotelo, qué recomienda para todos los que realizan alguna obra de construcción?

Recomendamos registrarse como patrón, inscribir a los trabajadores, pagar cuotas obrero patronales, registrar la obra…. los elementos mínimos que tienen que cumplirse, y con ese cumplimiento de obligaciones, el seguro social, se verá impedido de determinar diferencias de manera estimativa, y si las realiza serán totalmente ilegales.

¿Cuál es la expertise o especialidad de la firma Carlos Sotelo?

Administración de obra:
Cumplimos con todas las obligaciones en materia de seguridad social:
Registro patronal, Inscripción de trabajadores, Pago de cuotas obrero patronales, Registro de obra.
Incidencias: suspensión de obra, reanudación, cancelación, vinculación del registro de obra con los trabajadores, reporte bimestral y terminación de obra. Listas de raya, entre otras.
Blindamos a las constructoras:
Realizamos una serie de escritos libres ante el Seguro Social en donde preparamos la obra del cliente y su documentación, creando un blindaje contra cualquier ejercicio de facultades de comprobación o determinación que la autoridad pretendan realizar.
Asistencia en ejercicio de facultades de comprobación:

Asesoramos desde que les llega cualquier carta, invitación o algún requerimiento por parte del Seguro Social, para que, desde ese momento, aseguremos el éxito de nuestros medios de defensa.
Defensa contra determinaciones estimativas:
Hemos sostenido que, a nivel nacional, todas las determinaciones estimativas son ilegales y lo hemos acreditado mediante diferentes sentencias a favor, que obran en nuestros archivos.

¿Nada más asesora a empresas constructoras?

Asesoramos, blindamos y defendemos, desde aquella persona que de manera esporádica construye una barda o una casa habitación, hasta aquellas constructoras que realizan mega plaza comercial o desarrollos inmobiliarios.

“Las determinaciones estimativas son legales”.

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