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COMO PREVENIR LA FISCALIZACIÓN

POR MEDIO DEL SISTEMA FINANCIERO

Dr. Cesar Rubio

Hoy en día, las autoridades fiscales en México, han utilizado todos los medios que tienen a su alcance para fiscalizar a los contribuyentes, entre ellos el sistema financiero mexicano, solicitando información excesiva a sus cuentahabientes; lo mismo sucede cuando se trata de realizar un negocio jurídico: notarios, corredores, agencias de automóviles, etc. envuelven a sus clientes en una multitud de trámites sorpresivos.

Recordemos entonces, que la visita domiciliaria de la autoridad fiscal subsiste como procedimiento fiscalizador por excelencia, por tal motivo la solicitud de información a los contribuyentes por medio de las instituciones bancarias, y demás proveedores, debe ser considerado un acto de molestia.

Cuando la Constitución en su articulo 16 establece que “Nadie puede ser molestado… sino en virtud de un mandamiento escrito”, se refiere principalmente al caso de particulares frente a la acción del Estado, aunque también es posible que las personas morales oficiales puedan invocar la violación a estos derechos en los casos de afectación a su patrimonio. Así pues, se entiende que los actos de molestia son aquellos que afectan al gobernado de manera directa.

Como prevenir los cuestionamientos bancarios que les realiza PLD/FT (Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo) a las instituciones bancarias:

•Notificarles las nuevas actas de Asamblea ordinarias o extraordinarias para efectos de actualizar la integración de socios y accionistas.
•El capital social debe ser el real, no limitado al mínimo inicial.
•Los Socios Actuales deben estar vigentes ante el banco.
•Notificar cuando exista un cambio de domicilio fiscal.
•Suministrar al banco la constancia de situación fiscal vigente haciendo referencia a que las actividades económicas son las mismas que realiza el usuario.
•Solicitar en forma preventiva el aumento en los límites en las operaciones bancarias.
•Entregar en tiempo y forma el folio de la cadena de la firma electrónica.
•Evitar los retiros en efectivo onerosos, excepto que la actividad así lo requiera.
•Contar con pagina web en la empresa.
•Dejar evidencia por medio de los correos electrónicos de la comunicación con el funcionario bancario.
•Informar a la Unidad de inteligencia Financiera cuando se vaya a recibir un depósito con una operación relevante y/o inusual, o a su ejecutivo de cuenta.

Las instituciones financieras actualmente quieren fungir como autoridades debido a las sanciones impuestas por el incumplimiento a la ley de PLD (Prevención de Lavado de Dinero), por ello, hoy más que nunca es importante contar con un buen asesor fiscal, en Grupo de Fiscalistas, su titular el DR. César Rubio Ozuna, es especialista en la asesoría necesaria, si así fuera el caso, para que si el contribuyente estuviera en una situación irregular, se solventen las inconsistencias y se prepare el terreno para su regularización.

Cabe citar al respecto, la Jurisprudencia 2a./J. 1/2015 (10a.), emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual establece que los visitadores carecen de facultades para valorar pruebas o documentos que los contribuyentes ofrezcan durante el desarrollo y práctica de la misma, y en la práctica, resulta muy común que los visitadores, valoren documentos, pruebas, etc., por lo anterior si un auditor no tiene dichas facultades, menos las tendrá un empleado de una institución bancaria.

Cuiden la información de sus clientes, proveedores, acreedores, y la integración jurídica, ya que definitivamente, no puede ser revelado a terceros.

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